Nueva norma de facturación del SENIAT

Publicado el 22 de octubre de 2026

El SENIAT publicó la Providencia Administrativa SNAT/2026/00093 en la Gaceta Oficial N° 43.484 del 21 de octubre de 2026. Es la nueva norma general para emitir facturas y otros documentos fiscales. Aquí te explicamos lo principal en palabras simples.

La máquina fiscal ya no será obligatoria: web o app del SENIAT, imprenta digital o máquina fiscal. Desde cuándo aplica: 180 días después de publicada, aproximadamente el 19 de abril de 2027. Talonarios solo para emergencias: todo negocio debe tenerlos en el local. Lo que debe tener tu factura.

1. La máquina fiscal será opcional

Cada negocio podrá elegir libremente cómo emitir sus facturas (artículos 4 y 5):

2. ¿Desde cuándo aplica?

La norma entra en vigencia 180 días continuos después de su publicación: aproximadamente el 19 de abril de 2027. Mientras tanto, sigue facturando como lo haces hoy. Antes de cambiar tu medio de facturación, consúltalo con tu contador.

3. Talonarios solo para emergencias

Los talonarios de imprenta quedan solo como respaldo cuando falla la luz, el internet o el equipo de facturación (artículo 6). Todo negocio debe tenerlos en el local. Quien factura de forma digital debe cargar esas facturas de papel y enviarlas en PDF al día siguiente (artículo 7). Los talonarios que ya tienes se pueden usar hasta agotarlos o hasta que la norma entre en vigencia.

4. Lo que debe tener una factura

5. Otros cambios importantes

¿Y GESTION360PRO?

GESTION360PRO es un sistema administrativo: no es una máquina fiscal ni emite facturas fiscales. Te ayuda a llevar en orden todo lo demás, sea cual sea el medio que elijas: ventas, inventario, caja, cuentas por cobrar y los libros de compras y ventas del IVA, en dólares y bolívares con la tasa BCV automática.

Ya lo adaptamos a la nueva norma: en Configuración eliges cómo emites tus facturas. Si no usas máquina fiscal, el Libro de Ventas deja de pedirte el Reporte Z y registras cada factura con su número de control. Seguiremos atentos a cada cambio del SENIAT.

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Contenido informativo basado en la Gaceta Oficial N° 43.484. No sustituye la asesoría de tu contador.